Guía del estudiante

I.        Introducción

II.        Reglamento interno

Capítulo I.   Finalidad del CEPU

Capítulo II.  De la oferta académica       

Capítulo III. De la inscripción de los estudiantes     

Capítulo IV.        De las actividades y acciones previas al inicio de clases    

Capítulo V.        De las actividades académicas       

Capítulo VI.        Del sistema de evaluación     

Capítulo VII.        De la asistencia y puntualidad       

Capítulo VIII.        De los deberes y obligaciones del estudiante       

Capítulo IX.        De los derechos del estudiante      

Capítulo X.        De las sanciones    

III.        Horarios y entrega del material de estudio 

IV.        Clases y distribución de aulas     

V.        Unidad de Tutoría y Consejería Psicopedagógica


I Introducción

La Universidad Peruana Cayetano Heredia (UPCH), fundada el 22 de setiembre de 1961, ha adquirido un sólido prestigio a nivel nacional e internacional por su excelencia en la formación profesional, en investigación y su compromiso social.

Gran parte de la oferta formativa escolar no logra desarrollar los conocimientos, habilidades y capacidades necesarias para enfrentar con éxito las exigencias universitarias. Frente a esta situación, en 1984 la UPCH decidió crear el Centro de Estudios Preuniversitarios (CEPU) con el objetivo de brindar al estudiante egresado de Secundaria un medio que asegure una transición adecuada entre el colegio y la universidad, impartiendo una formación académica que permita a nuestros estudiantes estar mejor preparados para dar inicio a la formación profesional de calidad.

El CEPU es un organismo dependiente del Vicerrectorado Académico de la Universidad Peruana Cayetano Heredia. Se rige por la Ley Universitaria, el estatuto de la Universidad y su reglamento interno. El gobierno del Centro es ejercido por el Directorio y un Director, nombrados por el Consejo Universitario de la UPCH.

El objetivo de este documento, es informar sobre las normas y actividades que el estudiante debe cumplir en el CEPU durante su permanencia en él.

¡Bienvenidos a esta nueva experiencia de aprendizaje!

«Spiritus ubi vult spirat»

(Jn. 3,8)


II Reglamento interno

Capítulo I: Finalidad del CEPU

Articulo 1: El Centro de Estudios Preuniversitarios (CEPU) complementa la formación básica de los estudiantes o egresados de secundaria mediante una educación de calidad en el marco del modelo educativo de la Universidad Peruana Cayetano Heredia (UPCH) y de los perfiles de ingreso de las carreras que ofrece; a través de una oferta formativa que promueve el desarrollo intelectual, social y emocional, y que permite la prosecución exitosa de estudios superiores en cualquier centro de educación superior.

Artículo 2: El CEPU forma de acuerdo con los principios y valores heredianos declarados.

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El CEPU promueve la curiosidad intelectual, el autoaprendizaje, la valoración del trabajo bien hecho, la generación de hábitos de trabajo en equipo, la lectura crítica, la sistematización de información, la contextualización, el pensamiento crítico y reflexivo, la creatividad, la capacidad de identificación y resolución de problemas y la capacidad de tomar decisiones libres, responsables y autónomas, que contribuyan al desarrollo de conciencia de su ciudadanía, de las potencialidades del país, del respeto a la naturaleza y su conservación, del aprecio y valoración de la cultura para contribuir de manera efectiva al desarrollo sostenible del planeta.

El desarrollo de las actividades académicas fomenta la capacidad de conocer, comprender y contextualizar los conocimientos necesarios para ejercer la ciudadanía y la futura formación profesional.


Capítulo II: De la oferta académica

Artículo 3: El CEPU tiene una variada oferta académica dirigida a alumnos de los últimos  años de Educación Secundaria y a egresados de 5° de Secundaria.

 Las características de cada curso serán publicadas en la página web del CEPU antes de iniciar las inscripciones y serán parte del material entregado a los estudiantes.


Capítulo III: De la inscripción de los estudiantes

Artículo 4: Todas las inscripciones se realizan exclusivamente en línea e inician en el portal web del CEPU (https://www.precayetano.pe).

Artículo 5: Al momento de la inscripción, el estudiante acepta todas las obligaciones académicas y económicas estipuladas por el CEPU.

Artículo 6: Si por algún motivo el estudiante decidiera retirarse del curso en el cual se inscribió deberá enviar una carta (según modelo adjunto) a la Dirección, solicitando su retiro formal y la liberación de las obligaciones contraídas. La Administración del CEPU será la encargada de determinar si hubiese un saldo a favor del alumno y coordinará su devolución.


Capítulo IV: De las actividades y acciones previas al inicio de clases

Artículo 7: Antes del inicio de clases se realizarán las siguientes actividades o acciones por parte del CEPU:

a) Generación de una cuenta de correo electrónico: Los alumnos inscritos contaran con un correo institucional bajo el dominio @precayetano.edu.pe. El correo asignado será el medio oficial de comunicaciones entre el CEPU y el alumno y deberá ser usado responsablemente y exclusivamente para cuestiones académicas.

b) Generación de un Usuario del aula virtual: A los alumnos inscritos se les hará entrega de un nombre de usuario para ingresar y navegar por el aula virtual. En ella podrán acceder a los horarios, las clases en línea, material de autoaprendizaje, archivos diversos y rendir las evaluaciones en línea.

c) Bienvenida al curso: Días previos a la fecha de inicio del curso, el CEPU convocará a los alumnos a una teleconferencia. La finalidad es brindar información importante sobre los objetivos y metodología a emplear durante su desarrollo, presentar a los instructores y tutores de los salones, así como destacar los procedimientos y reglamentación que deben seguir en el CEPU.

d) Evaluación diagnóstica: Evaluación orientada a determinar el nivel de conocimientos previo de los alumnos. Los resultados de esta evaluación son exclusivamente de uso interno del CEPU y no serán compartidos con los alumnos.


Capítulo V: De las actividades académicas

Artículo 8: Las actividades académicas se realizan de acuerdo a lo programado en el sílabo. Una vez iniciadas las actividades, no hay lugar a repetición de clases. En el caso de las sesiones virtuales, el registro de la grabación estará disponible para los estudiantes dentro de las 48 horas siguientes al término de esta.

Artículo 9: En caso de no dictarse una clase, se programará su recuperación para el fin de semana

Artículo 10: El CEPU realiza la distribución de los estudiantes en aulas definidas. No está permitido el cambio de aula ni que los estudiantes reciban clases en aulas o turnos en los que no fueron asignados.


Capítulo VI: Del sistema de evaluación

Artículo 11: El sistema de evaluaciones del CEPU comprende dos tipos de evaluación, ambas en el entorno del Aula Virtual:

  1. Evaluaciones diarias: De acuerdo con el horario establecido para cada curso, el estudiante contará con una “ventana de tiempo” para ingresar y rendir una evaluación de 30 minutos, con un determinado número de preguntas de una asignatura en base en los contenidos desarrollados en la semana anterior.
  2. Simulacros: El estudiante deberá ingresar al Aula Virtual en una fecha y hora establecidas en el sílabo para rendir una evaluación de estructura y duración similar a las elaboradas por la OAMRA y con base en todos los contenidos desarrollados en todas las asignaturas evaluadas en el curso.

Artículo 12: La evaluación es estrictamente personal. Cualquier intento de plagio dará lugar a la anulación de la evaluación.

Artículo 13: Al terminar el tiempo asignado a cada evaluación, los alumnos podrán ingresar al Aula Virtual para ver su calificación y revisar sus respuestas.

Artículo 14: Periódicamente el CEPU remitirá por correo electrónico un Reporte Académico para el alumno y sus apoderados.


Capítulo VII: De la asistencia y puntualidad

Artículo 15: El monitoreo de la asistencia y de la participación del alumno en todas las actividades del CEPU es constante. Esto incluye las clases y las evaluaciones en línea, así como la interacción con el material de autoaprendizaje alojado en el Aula Virtual.

Artículo 16: En el caso de las clases presenciales los instructores tomarán lista al inicio, cuando un estudiante llegue tarde deberá esperar en el aula asignada por el Asistente Académico y no podrá ingresar al salón hasta el cambio de hora y se le registrará como ausente.

Artículo 17: En el caso de las clases virtuales se usará el registro del servidor para constatar el ingreso y permanencia en la sala. Todo alumno cuyo tiempo de permanencia en aula no cumpla con un mínimo del 60% del tiempo de clase se le considerará como ausente.

Artículo 18: En el caso de no rendir una evaluación se le considerará ausente. El promedio de las evaluaciones diarias no se verá afectado pero sí disminuirá su porcentaje de participación en evaluaciones.

Artículo 19: La interacción con el material de autoaprendizaje alojado en el aula virtual será medida a través de los registros del servidor y considerada en el record de asistencia al curso.

Artículo 20: En el caso de actividades presenciales en el local del CEPU:

a) Cuando el estudiante no asista o llegue tarde se informará de este hecho a sus apoderados.

b) La salida del local del CEPU, fuera del horario establecido, solo se permitirá en caso justificado o de emergencia y será autorizada por el Asistente Académico.

c) Los permisos para abandonar el CEPU solo se gestionarán durante los recreos y se aplicarán a partir de ese momento. Ningún estudiante podrá abandonar el aula durante el desarrollo de las clases, salvo extrema urgencia imprevista.

Artículo 21: Periódicamente el CEPU remitirá un reporte al alumno y a los apoderados indicando el porcentaje de participación en el curso.


Capítulo VIII: De los deberes y obligaciones del estudiante

Artículo 22: Leer toda la documentación, guías y reglamentos que le son entregados al inicio del curso y cumplirlos a cabalidad.

Artículo 23: Respetar a los compañeros y personal del CEPU, así como colaborar con la creación de un clima de convivencia y solidaridad que favorezca el trabajo formativo.

Artículo 24: Participar activamente en las labores y actividades internas, así como las externas derivadas o promovidas por la institución.

Artículo 25: Hacer buen uso de las cuentas que se le otorgan. No compartir con nadie más su Usuario y claves de acceso.

Artículo 26: Son responsabilidades del estudiante:

a) Asegurarse que cuenta con la conexión de Internet y el equipo apropiado para ingresar al aula virtual o a la sala Zoom.

b) Conectarse a Internet e ingresar al aula virtual o a la sala Zoom diez minutos antes de la hora programada.

c) Buscar en casa un lugar aislado al ruido y sin distracciones para el tiempo que deba estar conectado al Internet.

Artículo 27: En el caso de estudiantes cuyas actividades se desarrollan en salas Zoom:

a) Ingresar al salón y clase que le corresponde de acuerdo al horario.

b) Estar correctamente identificado, su “alias” debe concordar con el nombre registrado en su correo electrónico.

c) Mantener su micrófono apagado mientras no se le requiera su participación.

d) Participar cada vez que el instructor se lo solicite, teniendo cuidado de su lenguaje y vestimenta.

Artículo 28: En el caso de actividades presenciales en el local del CEPU: Utilizar responsablemente la infraestructura de las instalaciones evitando pintar las paredes, carpetas, puertas del baño o deteriorando los equipos y/o materiales que se ponen a su disposición, caso contrario, el estudiante se hará responsable del costo de reparación y mal uso de los materiales.

Artículo 29: Está terminantemente prohibido:

a) Cometer actos de indisciplina que afecten el desarrollo de las clases.

b) Cometer infracciones que tengan relación con la apropiación de lo ajeno, el plagio, la inmoralidad y el vocabulario obsceno.

c) Incurrir en faltas de respeto que afecten a las personas, ya sea por el trato o por la intolerancia, en sus ideas, cultura, creencia u otros.

d) Favorecer el ingreso a los espacios virtuales y recursos digitales de cualquier persona ajena al CEPU.


Capítulo IX: De los derechos del estudiante

Artículo 30: Recibir una formación óptima de acuerdo con el contenido temático de los cursos, estudiar en un ambiente adecuado y ser evaluados de acuerdo con las normas académicas del CEPU en las fechas programadas.

Artículo 31: Ser informado oportunamente de las disposiciones y procedimientos que le conciernen como estudiante, así como de su rendimiento académico y registro de asistencia.

Artículo 32: Ser orientados en su problemática y proyecto de vida personal con pleno respeto a su dignidad como persona, siendo valorado con justicia y objetividad en su comportamiento y rendimiento.

Artículo 33: Recibir el apoyo de tutoría y consejería psicológica.

Artículo 34: Que se le asigne una cuenta de correo bajo el dominio precayetano.edu.pe y una cuenta de usuario del aula virtual.

Artículo 35: Ser atendido por las autoridades del CEPU de acuerdo a los procedimientos establecidos para ello.


Capítulo X: De las sanciones

Artículo 36: Los estudiantes que cometan actos de indisciplina que afecten el desarrollo de la clase o que no estén debidamente identificados serán retirados del aula a criterio del instructor.

El estudiante podrá coordinar con el tutor de aula para la presentación del descargo correspondiente.

Artículo 37: El uso inadecuado de las cuentas de usuario asignadas al estudiante o el registro de actividad que justifique la sospecha de un caso de usurpación de identidad por parte terceros ameritará el decomiso inmediato de la cuenta de correo, sala Zoom y aula virtual.

El estudiante podrá coordinar con el tutor de aula para la presentación del descargo correspondiente.

Artículo 38: De acuerdo con la gravedad de la falta y los antecedentes del estudiante, se consideran las siguientes sanciones:

  1. Amonestación verbal a decisión del personal del Centro.
  2. Amonestación escrita dirigida a los apoderados firmada por el Director del CEPU.
  3. Separación temporal a decisión de la Dirección.
  4. Separación definitiva del CEPU a decisión de la Dirección.

Artículo 39: En caso de que un estudiante dé muestras reiteradas de indisciplina (amonestaciones, suspensión), el CEPU se reserva el derecho de admitir o condicionar su inscripción en otro curso.


III Horarios y entrega del material de estudio

Los horarios de clases y de evaluaciones se publicarán para los estudiantes en el aula virtual y estarán disponibles desde el inicio del curso.

El material de estudio estará disponible en el aula virtual de acuerdo al avance de los temas para cada curso.


IV Clases y distribución de aulas
La distribución de los estudiantes en salones se realiza al inicio de cada curso. No está permitido que los estudiantes ingresen a salones o turnos que no le fueron asignados, de detectarse el caso se registrará como falta injustificada a su clase.


V Unidad de Tutoría y Consejería Psicológica

La Unidad de Tutoría y Consejería Psicológica está encargada de darle una orientación permanente acompañamiento y apoyo permanente al alumnado en la solución de las dificultades que van encontrando en su proceso formativo para que puedan lograr favorablemente sus objetivos académicos, personales y sociales.